No doubt the changes México has had in the last six years related to the electrical inspectors are enormous.
The fact is that since the publication of the Ley Federal Sobre Metrología y Normalización (Federal Law of Metrology and Standardization) in the Diario Oficial de la Federación (official government journal) on July 1, 1992, to the latest modifications on May 20, 1997, the situation has changed dramatically.
Before the publishing of the law, the Federal Government, through some of its Secretariats, was the sole enforcement agency as far as inspecting the safety of all electrical installations, which kept all actions centered in México City, creating several problems such as follow-ups, reports, the “safety” concept, etc. Sometimes this enforcement was made trough the Comisión Federal de Electricidad (CFE, a utility) which left a lot to be desired and far under the standards we are now getting used to.
Then on July 1, 1992, the inspection of the electrical installations became privatized, creating a new figure called Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas (UVIE) or as it is known elsewhere, Electrical Inspectors. It was obvious that to become an UVIE, you had to be experienced in the trade besides several other conditions that were valid at the time. This action gave birth to 709 UVIE, which started to work on January 1,1994, throughout the country.
As everybody knows, on that very same date, January 1,1994, the North American Free Trade Agreement (NAFTA or in Spanish, TLCAN) signed by México, the United States of America and Canada came into effect.
As a consequence of the above mentioned law and NAFTA, on October 10,1994, the Diario Oficial de la Federación published the Norma Oficial Mexicana (Mexican Electrical Code) NOM-001-SEMP-1994, which is, in its context, 98.17% of the NEC 93 ®, and within its context, has many other requirements.
This way, we have in our country, México, an inspection system for the electrical installations that the UVIEs put into effect in order to enforce the ordinances of our NOM-001-SEMP-1994.
On May 20,1997, a new change was brought into the country by modifying the Ley Federal Sobre Metrología y Normalización. The UVIEs in México must, in order to comply with the law, be accredited from now on by an “Accreditation Entity.” This entity will do so based on an auditorship procedure, much the same as the ISO 9000 one, that is made throughout the world. Besides analyzing the technical, material and human resources and capabilities related to the service they intend to offer to the public, they will need a quality and a procedure manual for the job they are going to do.
The UVIEs and the Entities of Accreditation must comply with the law that establishes, among other things:
1. Adjust to the rules, procedures and methods established in the NOM-001-SEMP-1994 and any other applied to the electrical installations.
2. No discrimination when offering the service (sort of like equal opportunity)
3. Avoid conflicts of interests.
These new enforcements will make the services the UVIEs offer their customers be done in a professional manner, with excellent quality and avoiding conflicts of interests that exist presently when the electrical inspector is, at the same time, a designer and/or a contractor.
For any information on this subject or any other related to the subject, my E-Mail address is: psanhua@tij.cetys.mx
Definitivamente los cambios que en los últimos seis años se han tenido en México en relación con los Inspectores Eléctricos, han sido enormes.
En efecto, desde el inicio de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 1º de julio de 1992, a las últimas modificaciones del 20 de mayo de 1997, la situación ha cambiado en forma dramática.
Antes de la aparición de la mencionada Ley, el Gobierno Federal por medio de algunas de las Secretarías de Estado, era el encargado de vigilar que las instalaciones fueran lo suficientemente seguras, lo cual, al tener centralizada la acción correspondiente en la ciudad de México, creaba ciertas dificultades, sobre todo de seguimiento, control, reportes, el concepto de “seguridad”, etc, etc. En otras ocasiones esta vigilancia se hizo por medio de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) lo cual ocasionaba una vigilancia no adecuada a los requerimientos a los que estamos ya acostumbrándonos.
A partir pues, del 1º de julio de 1992, se procedió a la “privatización” de las Inspecciones de instalaciones eléctricas, creando una nueva figura llamada Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas (UVIE), o como se conoce en otras partes del planeta, Inspectores Eléctricos. Era claro que para ser UVIE, era necesario contar con experiencia en instalaciones eléctricas además de un sinfín de otras condiciones que en su momento se hicieron valer. Esto dio como consecuencia que a partir del día 1º de enero de 1994, y unos meses después, 709 UVIEs empezaran a funcionar en el país.
Como es de todos conocido, en esta misma fecha, 1º de enero de 1994, el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), firmado por México, Estados Unidos de América y Canadá, entró en vigor.
Como consecuencia del mismo TLCAN y de la Ley anotada, el 10 de octubre de 1994 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana, NOM-001-SEMP-1994, misma que en un contenido se parece al 98.17 % del NEC 93®, aunque cuenta con disposiciones adicionales.
De esta forma, tenemos en vigor en México, un sistema de inspecciones a las instalaciones eléctricas que las UVIEs realizan con el fin de vigilar el cumplimiento de la NOM-001-SEMP-1994.
Con la modificación a la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización del 20 de mayo de 1997, un nuevo cambio se presenta en el país, dado que las UVIEs acreditadas en México, tendrán que, para apegarse a la propia Ley, ser “acreditados” por una “Entidad de Acreditación”, misma que lo hará con base en un procedimiento de auditorías similares a las que en el mundo se conocen como las auditorías tipo ISO 9000. Esto implicará, además de analizar la capacidad técnica, material y humana, en relación con los servicios que pretende prestar, contar con un manual de calidad y uno de procedimientos para el desempeño de sus funciones.
Tanto las Entidades de Acreditación, como las UVIEs deberán ajustarse a las reglas que la Ley ordena y que entre otras cosas marca lo siguiente:
Ajustarse a las reglas, procedimientos, métodos establecidos en la NOM-001-SEMP-1994 y las que se apliquen a las instalaciones eléctricas.
No discriminar al prestar el servicio solicitado.
Evitar los conflictos de interés.
Estas nuevas disposiciones harán que el servicio que presten las UVIEs a los usuarios de sus servicios se haga de una forma más profesional, con calidad y evitando el conflicto de intereses que se presenta, como sabemos cuando el Inspector Eléctrico realiza a la vez funciones de proyectistas y/o contratistas al mismo tiempo.
Para cualquier información sobre el tema, he de agradecer sus correos electrónicos a mi dirección: psanhua@tij.cetys.mx
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